miércoles, 17 de septiembre de 2008

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL ADMITE DEMANDA DE INCONSTITUCIONALIDAD CONTRA LOS DL 982, 983, 988 Y 989

Un paso importante contra la Criminalización de la Protesta Social

El Tribunal Constitucional resolvió admitir a trámite la demanda de inconstitucionalidad contra los Decretos Legislativos 982, 983, 988 y 989 presentada por APRODEH, CGTP, CCP, CONACAMI y CCI con el respaldo de más de 5,000 ciudadanos, el 12 de mayo pasado.

APRODEH reconoce que el Tribunal Constitucional, máxima institución que controla el pleno respeto del cumplimiento de la Constitución Política del Perú, haya resuelto el admisorio pese a haberse excedido el plazo previsto por el Código Procesal Constitucional y espera que el Poder Ejecutivo conteste la demanda dentro del plazo de 30 días establecido por ley ante el TC, a fin de que en las próximas semanas dicho órgano pueda resolver la acción de inconstitucionalidad.

“El admisorio emitido por parte del Tribunal Constitucional es una expresión positiva. Estaremos a la espera de que en un plazo inmediato se cite a la audiencia porque tanto la Defensoría del Pueblo como el Congreso de la República ya han opinado a favor de la inconstitucionalidad de estas normas”, afirmó Miguel Jugo, director ejecutivo de APRODEH.

Como se recuerda la acción de inconstitucionalidad contra los DL 982, 983, 988 y 989 se presentó porque declara inimputables a los miembros de las Fuerzas Armadas y Policía que causen lesión o muerte a manifestantes; dispone penas de hasta 25 años a quienes participen de manifestaciones; distorsiona la flagrancia al señalar que una persona puede ser detenida por la Policía, sin mediar mandato judicial, dentro de las 24 horas de ocurrido el delito tan solo presentado testigos, entre otras disposiciones.

Lima, 15 de setiembre de 2008

APRODEH

T: (51-1) 424-7057 / 431-0482 / 431-4837 anexo 108
F: (51-1) 431-0477
www.aprodeh.org.pe

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